- Patrocinio
- Existen dos categorías de patrocinadores de la asociación: “patrocinador” y “patrocinador de jornada”.
- El coste anual del patrocinio ascenderá a 1.200 euros y ofrece al patrocinador las siguientes prestaciones:
- Identificación como tal en el homepage de la página web de la asociación.
- Identificación como tal en las invitaciones y programas de jornadas y desayunos a celebrar por la asociación durante todo el año de duración del patrocinio.
- El patrocinador de jornada podrá disfrutar de las mismas prestaciones que el patrocinador, si bien ceñidas a una jornada en particular, y tendrá un coste de entre 300 y 600 euros, según se opte por ser patrocinador de jornada “plata” u “oro”, respectivamente. Se admitirán pagos en especie referidos a los gastos de organización de la jornada.
- Colaboración
- El acceso a la condición de “colaborador” da derecho a las siguientes prestaciones:
- Identificación como tal en el homepage de la página web de la asociación, les-sp.org, con el logo de la empresa o institución colaboradora, en el apartado “Con la colaboración de”.
- Intervención en la apertura o clausura de los actos organizados por la asociación con la intervención del colaborador.
- Colocación de un cartel, roll-up, etc. con el nombre y logo del colaborador en las salas donde se celebren las jornadas, desayunos y, en general, actos puntuales organizados con la intervención del colaborador.
- Las condiciones para figurar como colaborador son las siguientes:
- El acceso a la condición de “colaborador” da derecho a las siguientes prestaciones:
2.2.1 Pertenencia a la asociación de al menos dos miembros de la organización colaboradora durante un año consecutivo.
2.2.2 Organización, en las instalaciones del colaborador, de al menos un acto (desayuno, jornada, ponencia, etc) durante el año de duración del acuerdo de colaboración, asumiendo el colaborador los gastos de organización (catering y, en su caso, proyector y equipo de presentación).
2.2.3 Excepcionalmente, aquellas instituciones o empresas que, a pesar de mantener sólo a un miembro de la asociación, contribuyan con ésta mediante la organización del al menos, dos actos con las características descritas en el apartado 2.2.2., y además contribuyan con ponentes en la organización de tales actos, podrán asimismo beneficiarse de la condición de colaboradores durante el año que mantengan la colaboración en los términos descritos.
Octubre de 2022.